Corte de Apelaciones de Puerto Montt ordena la prisión preventiva de imputado por disparo injustificado

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada anuló la medida cautelar dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt y ordenó el ingreso en prisión preventiva de F.R.N.C., por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y por encontrarse con arresto domiciliario, al momento de los hechos.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt revocó este miércoles 23 de agosto la resolución recurrida y ordenó la prisión preventiva de F.R.N.C., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de disparo injustificado. Ilícito que habría perpetrado el domingo recién pasado, en la vía pública.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Pizarro Astudillo, Jaime Vicente Meza Sáez y el abogado (integrante) Darío Parra Sepúlveda– anuló la medida cautelar dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt y ordenó el ingreso en prisión preventiva de F.R.N.C., por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y por encontrarse con arresto domiciliario, al momento de los hechos.

“El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y la participación que en aquellos se le atribuye al imputado y en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, se estima por estos sentenciadores que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del delito por el cual fue formalizada la presente causa en su contra, forma de comisión y su eventual forma de cumplimiento, como así también, las circunstancias de haber actuado en grupo o pandilla y encontrarse además con medida cautelar vigente –arresto domiciliario–, al momento de los hechos, se revoca la resolución en alzada de fecha veintidós de agosto de dos mil veintitrés, dictada por don Francisco Andrés Almonacid Faundez, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, y en su lugar se declara que se ordena la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado (…)”, consigna el fallo.

Según el ente persecutor, en horas de la mañana del 20 de agosto de 2023, la víctima, Diego José Pacheco Negrón, llegó a bordo de un automóvil hasta el pasaje Los Pinos, población Mirador de la comuna de Puerto Montt, lugar en que fue alcanzado por los imputados B.A.L.N. (en prisión preventiva, como autor de homicidio) y F.R.N.C., quienes venían en su persecución. En dicho contexto, F.R.N.C. efectuó, al menos, un disparo injustificado en contra de una de las casas del pasaje, poniendo en grave riesgo a los ocupantes de dicho inmueble. Mientras que B.A.L.N. disparó por la espalda a la víctima, provocándole una lesión que le costó la vida cuando recibía atención médica de urgencia en el Hospital Base de la ciudad.