Corte de Puerto Montt ordena el arresto domiciliario total de imputado por tenencia ilegal de arma y microtráfico

En decisión unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada, luego de escuchar los alegatos de las partes, estimó que en esta etapa procesal, sólo se puede dar por establecido la existencia de un eventual delito de tenencia ilegal de arma de fuego, del imputado quien es el director de Concesiones de la Municipalidad de Puerto Montt.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la resolución recurrida que denegó la prisión preventiva, y ordenó el arresto domiciliario total de C.A.S.O., imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego y microtráfico. Se trata del ex administrador de la Municipalidad y actual director de Concesiones.

En decisión unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Pizarro Astudillo, Jaime Vicente Meza Sáez y el abogado (i) Darío Parra Sepúlveda–, luego de escuchar los alegatos de las partes, estimó que en esta etapa procesal, de los dos ilícitos por los cuales fue formalizado el imputado, sólo se puede dar por establecido la existencia de un eventual delito de tenencia ilegal de arma de fuego.

“(…) del mérito de los antecedentes esgrimidos por el Ministerio Público en la audiencia, y contradichos por la Defensa en la misma, a esta Corte le es dable únicamente tener por establecido la existencia de un solo hecho punible, de los dos que han sido objeto de la formalización, cual es la eventual tenencia ilegal de arma de fuego, con estos mismos antecedentes no es posible concluir la existencia del delito de microtráfico de drogas, en la especie denominada “marihuana”, desde que la ínfima cantidad incautada puede configurar otra figura de menor reproche penal, consignada en la ley 20.000, se confirma la resolución de fecha catorce de septiembre del año en curso, dictada por don Francisco Almonacid Faúndez, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, con declaración que se ordena que la medida cautelar de arresto domiciliario sea de carácter total, conforme lo dispone el artículo 155 literal a) del Código Procesal Penal”, consigna la resolución.

Según el ente persecutor, aproximadamente a las 11:30 horas del día 13 de septiembre de 2023, previa autorización judicial de entrada, registro e incautación del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, funcionarios de Carabineros ingresaron al domicilio del imputado C.A.S.O., lugar donde lo sorprendieron manteniendo bajo su tenencia, sin contar con las autorizaciones pertinentes, un revólver apto para el disparo y 8,2 gramos de marihuana, que no estarían destinados para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo.