En Castro dictan veredicto condenatorio por los delitos de robo con homicidio e incendio

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En resolución unánime, tras la deliberación de rigor, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos, como la participación culpable del acusado en los hechos. La sentencia se comunicará el miércoles 20 de septiembre, a las 20:00 horas.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro dictó veredicto condenatorio en contra de R.F.C.E., como autor de los delitos consumados de robo con homicidio e incendio, perpetrados en agosto de 2021.

En resolución unánime el tribunal –integrado por los magistrados Loreto Yáñez Sepúlveda (presidenta), Angélica Monsalve Vásquez y Leandro Bahamonde Hernández (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos, como la participación culpable del acusado en los hechos.

Sobre la base de las pruebas rendidas, el tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que: “(…) entre la noche del día 10 de Agosto y la madrugada del día siguiente, 11 de agosto de 2021, alrededor de las 23:30 a las 00:15 horas, mientras las víctimas (…) de 71 años de edad y su cónyuge, (…) de 85 años de edad, se encontraban en su domicilio ubicado en calle Los Carrera esquina Diego Portales de la ciudad de Castro, y este último en su dormitorio en el primer piso, ingresó al inmueble R.F.C.E., quien, a sabiendas que se encontraban solos y de la avanzada edad y movilidad reducida de ambas víctimas, con el fin de sustraer especies, registró el inmueble y ante la resistencia de doña (…) para concretar la sustracción de especies, con ánimo de darle muerte la golpeó en distintas partes del cuerpo y cabeza, con sus manos y con un elemento contuso, ocasionándole un trauma cráneo facial que con posterioridad le causó la muerte; y encontrándose don (…), dormido en su cama, R.F.C.E. lo agredió con ánimo de darle muerte golpeándolo con un elemento contuso cortante en la cabeza, ocasionándole un trauma cráneo facial que le causó la muerte al instante”, consigna el acta de deliberación.

En dicho contexto, luego de agredir a las víctimas, “con la finalidad de favorecer su impunidad, y mientras doña (…) se encontraba agonizante por el trauma cráneo facial, R.F.C.E. incendió el inmueble, colocando acelerante en sus dependencias en contacto con una llama de fuego directa, consumiéndose gran parte de su estructura, huyendo del lugar con dinero y joyas de las víctimas”, añade.

El dictamen agrega: “Conforme a lo expuesto, los medios de prueba incorporados, permitieron demostrar la existencia de las acciones atribuidas en la acusación, superando la presunción de inocencia que amparaba al encartado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° del Código Procesal Penal, conduciendo al tribunal a la convicción más allá de toda duda razonable que a este, le ha correspondido una participación culpable y penada por la ley, en calidad de autor, toda vez que ha intervenido en su ejecución, de una manera inmediata y directa, de la forma que describe el artículo 15 Nº1 del Código Penal, por la cual la sentencia que se dictará en este juicio, será CONDENATORIA respecto de R.F.C.E., por los ilícitos que se han tenido por configurados en forma precedente”.

Para el tribunal, la prueba incorporada a juicio por la defensa, consistente en la declaración de testigos, el informe pericial y las declaraciones de los peritos, “no resultó suficiente para desvirtuar las conclusiones a las que arribó el tribunal conforme a la valoración de la prueba rendida, de acuerdo a los argumentos que se expondrán en la sentencia”, concluye.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el juez Bahamonde Hernández– quedó programada para las 20:00 horas del miércoles 20 de septiembre.