Juzgado de Garantía de Puerto Montt decreta la prisión preventiva de imputado por lavado de activos y estafas
En la audiencia de formalización, el magistrado Francisco Almonacid ordenó el ingreso de Diego Ancalao Gavilán a cumplir la cautelar más gravosa por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para el resultado de las diligencias de investigación que lleva a cabo el Ministerio Público y por peligro de fuga.
El Juzgado de Garantía de Puerto Montt dejó -este sábado 5 de agosto– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a Diego Alexis Ancalao Gavilán, imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de lavado de activos, estafas y apropiación indebida de fondos provenientes de órganos del Estado.
En la audiencia de formalización el magistrado Francisco Almonacid Faúndez ordenó el ingreso de Ancalao Gavilán a cumplir la cautelar más gravosa por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para el resultado de las diligencias de investigación que lleva a cabo el Ministerio Público y por peligro de fuga. Además, fijó en 120 días el plazo de investigación.
La audiencia se desarrolló de manera reservada, por encontrarse vigente la reserva solicitada por el Ministerio Público y acogida por el tribunal, por tratarse de una causa de lavado de activos.
El Juzgado de Garantía de Puerto Montt declaró ajustada a derecho la detención, pero denegó la solicitud del ente persecutor de ampliación por cinco días que prevé la ley de lavado de activos, por estimar que existe una investigación previa y antecedentes suficientes para formalizar la investigación.
A su vez, el tribunal acogió la reposición del Ministerio Público respecto la admisibilidad de la querella presentada por el Gobierno Regional de Los Lagos y la declaró inadmisible. Mientras que la querella presentada por el senador Fidel Espinoza, como persona natural, fue declarada admisible, al considerar que la ley faculta a cualquier persona a denunciar ilícitos relacionados con faltas a la probidad pública.