Nueva Ley de Riego focaliza recursos en pequeña y mediana agricultura

Seremi de Agricultura señaló que modificaciones apuntan a beneficiar a los sectores más rezagados y promover la sustentabilidad con la introducción de tecnologías de riego y acumulación.

María Matilde Alvarado, pequeña agricultora de la Región de Los Lagos, se dedica a la producción de frutillas y hortalizas, hasta la temporada pasada destinaba seis horas al riego de sus cultivos. “Regaba con manguera y usando manguera para guiarme de noche. Ahora destinaré ese tiempo a producir”, cuenta tras adjudicarse recursos de la Comisión Nacional Riego (CNR) que le permitió instalar sistemas de riego por goteo y aspersión.
Un beneficio que se ampliará tras la aprobación de la nueva Ley de Riego, la iniciativa modifica y prorroga por siete años la vigencia de la Ley N°18.450 de Fomento a la inversión Privada en Obras de Riego y Drenaje. La Seremi de Agricultura Tania Salas señala que, de esta forma, se actualiza un cuerpo legal -que había registrado escasas modificaciones desde su creación- haciéndolo más moderno e inclusivo, además, de colocar el foco en los pequeños y medianos productores, donde están las grandes brechas de tecnificación.
“La nueva ley de Riego aumentará los apoyos estatales a la pequeña y mediana agricultura y a las comunidades y organizaciones de regantes. En el caso de la pequeña agricultura, permitirá triplicar la superficie de riego bonificada, así se focalizarán los recursos en quienes más lo necesitan y en los territorios más rezagados en el acceso a este tipo de tecnologías”, señaló la autoridad del agro regional.
DETALLES
De esta forma, se fijan nuevas pautas de estratificación en las que se establece como nuevo criterio los ingresos anuales por ventas y servicios de los postulantes, incluyendo todas sus entidades relacionadas. Sólo podrán postular aquellos agricultores que posean ingresos anuales por ventas menores o iguales a 50.000 UF.
Además, se aumenta la bonificación máxima a la que pueden acceder los pequeños productores agrícolas y campesinos desde un 90 a un 95% del costo total del proyecto y se modifican los Programas Especiales de Pequeña Agricultura incrementando los montos de bonificación de 400 UF a 1.000 UF para proyectos individuales. También, se incorpora una nueva línea especial para proyectos asociativos de pequeños agricultores cuyo monto no supere las 5.000 UF.
RESTRICCIONES 
La normativa también destaca las nuevas condiciones para la asignación de recursos a los agricultores, en ellas, cuando lo establezcan las respectivas resoluciones de la Dirección General de Aguas (DGA), no podrán acceder a los beneficios los proyectos que incorporen nuevas superficies de riego en las zonas de prohibición o con declaraciones de agotamiento, según indica el Código de Aguas.
Asimismo, se exigirá acreditar, cuando corresponda, que el proyecto cumple con lo dispuesto por la Ley N°20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, con validación de CONAF.
Cabe destacar que no tendrán acceso a bonificaciones los proyectos de revestimiento de obras o entubamiento de canales emplazados en un radio de 200 metros alrededor de un Servicio Sanitario Rural o de mil metros en zonas de escasez hídrica. Tampoco podrán ser bonificados proyectos de drenaje emplazados en humedales y turberas.
SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL 
Otro punto fundamental de la nueva ley y su reglamento es que se considerarán como marco los instrumentos de ordenamiento territorial y gestión de cuencas vigentes.
En ese sentido, se bonificarán los proyectos con inversiones anexas que consideren objetivos ambientales, como favorecer el ahorro y uso eficiente del agua; el uso de aguas pluviales; la reutilización de aguas residuales; conservación de la biodiversidad, del suelo y del recurso hídrico; soluciones basadas en la naturaleza y otros similares.
Finalmente, se podrá requerir que los proyectos extra prediales contemplen medidas para mitigar los impactos ambientales que estos puedan producir, tales como abrevaderos para fauna, sistemas para recarga de acuíferos, u otros, así como obras de captación para el control de incendios.